EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 0000494/2019 referente al concursado Transportes Manuel Landín 2014, S.L., con CIF B71167597, con domicilio en Paseo Pamplona, 14 Escalera 6 5 C de Tudela, por auto de fecha 21 de diciembre de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:
PARTE DISPOSITIVA
DECIDO:
1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad Transportes Manuel Landín 2014, S.L., con CIF B71167597 y el archivo el presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración del concurso sin perjuicio de su posible reapertura.
2º.- Se acuerda el cese en su cargo el Administrador Concursal. Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración Concursal. Conforme a lo dispuesto en el art. 479.6 TRLC llévese testimonio de la presente resolución a la Sección 2ª.
3º.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al Tomo 1707, Folio 215, Hoja NA-33870. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.
4º.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva.
5º.- Dese publicidad a la presente resolución mediante publicación en el RPC y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
6º.- Remítase esta resolución al «Boletín Oficial del Estado» para que sea publicada a la mayor brevedad en virtud del art. 482 del TRLC.
Entréguese los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su curso y gestión.
Líbrese exhorto a todos los Juzgados de 1ª Instancia y Social de Pamplona y al Juzgado Decanato de Tudela, a fin de que se ponga en conocimiento la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 483 y siguientes TRLC.
RECURSO.- Contra el presente auto no cabe recurso alguno (ar. 481.1 TRLC).
Así lo acuerda y firma S.Sª. Iltma., doy fe.
El/La Magistrado-Juez El/La Letrado de la Administración de Justicia
Pamplona, 22 de diciembre de 2020.- El/La Letrado de la Administración de Justicia, Elena María Daniel Del Valle.