Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Bocaccho Sl

El 21-10-2019, Bocaccho Sl, en ELCHE/ELX (Alicante) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ALICANTE. El número de insolvencia de esta empresa es B03188802. La actividad (principal) de Bocaccho Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Se han alzado las limitaciones de administración.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Bocaccho Sl
Localidad:
ELCHE/ELX
Provincia:
Alicante
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B03188802
Número de insolvencia:
B03188802
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
LEON (KM 2 POL. PINET) 0
03293 ELCHE/ELX
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-02-2021
A210005598
 
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
 

Edicto

D/Dña. Jorge Cuellar Otón, Letrado de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, anuncia:

Que en el Concurso de Acreedores núm. 000483/2019 referente a la mercantil Bocaccho, S.L. con CIF n.º B03188802 por auto de fecha 26/01/21 se ha acordado lo siguiente:

1º.- Se declara concluido el concurso de acreedores de la mercantil Bocaccho, S.L. el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.

2º.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el Administrador Concursal en su cargo.

3º.- Se acuerda la extinción de Bocaccho, S.L. decretándose la cancelación de sus hojas registrales de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia, entregándose al Procurador del deudor, así como testimonio de la presente resolución a fin del cierre de la hoja de inscripción de la sociedad. Líbrense igualmente mandamientos oportunos a los Registros públicos en los que se hubiese anotado la declaración del presente concurso, entréguense igualmente al Procurador.

4º.- Cabe la posibilidad de reapertura del concurso si aparecen bienes o derechos dentro del plazo de un año, ante este Juzgado, en el mismo procedimiento, y al solo objeto de la liquidación concursal (art. 505.1 TRLC).

5º.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada conforme al art. 479.2 TRLC.

Elche, 27 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Cuellar Otón.

30-10-2019
A190059866
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Don Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente,

Hago saber:

Que por auto de fecha 21 de octubre de 2019 en el procedimiento con número de autos 000483/2019 y N.I.G. 03065-66-1-2019-0000432, se ha declarado en concurso abreviado [CNA] voluntario al concursado BOCACCHO, S.L., con domicilio en carretera del León kilómetro 2, Polígono Pinet s/n de Elche y CIF nº B03188802, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 1524, folio 138, hoja A-12.530, representada por la Procurador doña María Teresa Húngaro Favieri.

Facultades del concursado: intervenido

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado don Francisco Nieto Sánchez, colegiado del Ilustre Colegio de economistas de Alicante con domicilio postal para notificaciones: calle Jose María Buck nº 4 (03201) Elche, dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: bocaccho@aconcursal.es y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal: Calle Jose María Buck nº 4 (03201) Elche.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del Administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 23 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Cuéllar Otón.

Informes
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