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Concurso de acreedores Oleum Hispania Sur Sl

El 01-10-2019, Oleum Hispania Sur Sl, en BERNABE (Córdoba) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de CÓRDOBA. El número de insolvencia de esta empresa es B14864151. La actividad (principal) de Oleum Hispania Sur Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Oleum Hispania Sur Sl
Localidad:
BERNABE
Provincia:
Córdoba
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B14864151
Número de insolvencia:
B14864151
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
A-339 CABRA-ALCALA LA REAL, KM 19 0
14810 BERNABE
Mostrar en tarjeta
-
CR :
A-340 ESTEPA-GUADIX 0
14810 CARCABUEY
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-10-2019
A190058857
 
  • Auto de declaración de concurso
 

EDICTO

Doña Elena Colorado Gámez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Córdoba,

Hago saber:

Que en este juzgado se tramita Procedimiento Concursal Necesario Ordinario número 1068/2014 instado por la procuradora María Luisa Fernández de Villalta Fernández en nombre y representación de Coto Bajo Explotaciones Agrícolas, Ganaderas y Cinegéticas, Sociedad Anónima, contra el deudor Oleum Hispania, Sociedad Limitada, con código de identificación fiscal número B-14685648 y domicilio en calle María Zambrano, número 12, Priego de Córdoba (Córdoba), representado por el procurador Rafael Ángel Vera Olivares, se ha dictado Auto que contiene particulares del tenor literal siguiente:

"Se declara concluido el concurso de Oleum Hispania, Sociedad Limitada, declarándose la extinción de la sociedad.

Se aprueba la rendición de cuentas presentadas por la Administración Concursal.

Líbrense los oportunos mandamientos al Registro Mercantil para el cierre de la hoja registral de la concursada por liquidación de esta, con mandamiento de la presente.

Contra la presente resolución no cabe recurso.

La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24".

Córdoba, 1 de octubre de 2019.- Letrada de la Administracion de Justicia, Elena Colorado Gámez.

Informes
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