Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Persona física

El 27-09-2019, Persona física, en GODELLA (Valencia) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es 22556197M. Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Persona física
Localidad:
GODELLA
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
22556197M
Número de insolvencia:
22556197M
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PINTOR LUIS GINER, 8 - D 0
46110 GODELLA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
EXTREMADURA 5
46113 MONCADA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
10-10-2019
A190055585
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Doña Carmen Ramos Fernández, Letrado de la Adm. de Justicia, del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 1 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los arts 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente, hago saber:

Que se ha dictado auto de declaración de concurso consecutivo en liquidación de persona física, ordenando darle publicidad con los siguientes datos:

-NIG del procedimiento: 46250-42-1-2019-0031068

-Asunto: Concurso Consecutivo en Liquidación de persona física, n.º 976/2019

-Tipo de concurso.- Voluntario.

-Fecha del auto de declaración: 11/09/19

-Nombre de la persona a la que afecta el concurso: Don David Camilo de Luca Mateu, NIF n. 33465541N, con domicilio en Camino de Moncada, 68-3-11-46025- Valencia

-Administrador concursal, don Enrique M. García-Romeu Palomares, con DNI n.º 22556197-M, con domicilio profesional c/Castellón, 14-pta 8-46004-Valencia y con correo electrónico: concursodlm@garciaromeu.com

-Facultades del Concursado.- Suspendidas. se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración del/los concursado/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.

-Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.

-Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

-Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores del concursado deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podría efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto general llamamiento de los acreedores del concursado para que puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en el plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones en el BOE.

Valencia, 27 de septiembre de 2019.- La Letrada Administración de Justicia, Carmen Ramos Fernandez.

Informes
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