Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Promociones Y Desarrollos Nueva Palmira Sl

El 12-08-2019, Promociones Y Desarrollos Nueva Palmira Sl, en CAMPANET (Baleares) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número de insolvencia de esta empresa es B57575656. La actividad (principal) de Promociones Y Desarrollos Nueva Palmira Sl es construcción de edificios.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Promociones Y Desarrollos Nueva Palmira Sl
Localidad:
CAMPANET
Provincia:
Baleares
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B57575656
Número de insolvencia:
B57575656
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
VIA ROMA, 8 - PISO 1 C 0
07012 PALMA
Mostrar en tarjeta
-
LG :
POLIGON 10 (CR VIEJA DE POLLENCA), PAR 28 0
07310 CAMPANET
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
30-07-2021
BOE-J-2021-66973
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Palma

Dirección: Calle BALLESTER 20

Localidad: Palma

Código Postal: 07002

Provincia: Illes Balears

Teléfono: 971219387

Correo electrónico: mercantil2.palmademallorca@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 694/2019

NIG: 0704047120190002041

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 15/07/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Apertura fase liquidación de la entidad Promociones y Desarrollos Nueva Palmira CIF 57575656 , suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre la masa activa y declaración de disolución de la entidad concursada

https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Palma, 30 de julio de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARGARITA JUAN LOSA

28-08-2019
A190047384
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº concurso ordinario 694/19 y nig nº 07040 47 1 2019 0002041 se ha dictado en fecha 12 de agosto de 2019 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor PROMOCIONES Y DESARROLLOS NUEVA PALMIRA, S.L., con CIF B-57575656.

2º.- Se ha acordado la SUSPENSIÓN de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso, las cuales serán asumidas por la Administración concursal.

3º.- Se ha designado como Administración concursal a Zubizarreta Concursal, S.L.P., con CIF Nº B-86861895 y designa como persona natural a don Iker Filloy Nieva, con domicilio profesional en calle Génova nº 17 4º B, 28004 Madrid, número de teléfono 91 3190984 y fax 91 3191442 y correo electrónico concursonuevapalmira@grupozubizarreta.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público concursal www.publicidadconcursal.es

6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal)

Palma de Mallorca, 22 de agosto de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Vicente Manuel Bolufer Francia.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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