ÓRGANO JUDICIAL
Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada
Dirección: Avenida DEL SUR 3
Localidad: Granada
Código Postal: 18014
Provincia: Granada
Teléfono: 958058997
Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es
PROCEDIMIENTO
Civil
Número: 329/2019
NIG: 1808742120180033610
RESOLUCIÓN PROCESAL
Auto
Fecha: 14/09/2021
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
INFORMACIÓN ADICIONAL
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
1.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado Voluntario nº 329/2019 en liquidación, referente al concursado PROPIETARIA ALCLUB S.A. con C.I.F. nº A18013250 se ha aprobado el plan de liquidacion presentado por la Administración Concursal. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de DIEZ DÍAS, computados para las partes personadas, desde la notificación de la resolución por la que se aprueba el plan de liquidacion, y para los no personados, desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Tablón Edictal Judicial Único y en el REGISTRO PUBLICO CONCURSAL, conforme a lo dispuesto en el art. 23.2 de la LC, relativo a la publicidad complementaria, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Granada, 22 de septiembre de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 329/2019, con NIG 1808742120180033610 por auto de 17 de junio de 2019 se ha declarado en concurso voluntario al deudor PROPIETARIA ALCLUB, S.A., con cif A-18013250 domicilio social y centro de intereses es el sito en calle Alclub s/n, Playa Velilla (18690) de Almuñécar.
2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la Administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido López y García de la Serrana Abogados y Economistas, S.L.P., con cif B-18979930 y domicilio en calle Trajano 8, escalera 1- 1ºC (18002) Granada, tfno 958/201613, fax 958-201697, E- mail concursoalclub@hispacolex.com
Conforme a lo dispuesto en el art. 30 de la LC designa como persona natural que la representará y que asumirá la dirección de los trabajos en el ejercicio de su cargo a don Javier López García de la Serrana, abogado, domicilio y dirección electrónica el antes indicado.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos.
4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Granada, 25 de junio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Alicia Pilar Raya García.