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Concurso de acreedores Propietaria Alclub Sa

El 17-06-2019, Propietaria Alclub Sa, en ALMUÑECAR (Granada) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GRANADA. Como síndico se ha designado LOPEZ Y GARCIA DE LA SERRANA-ABOGADOS Y ECONOMISTAS SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL.. El número de insolvencia de esta empresa es A18013250. La actividad (principal) de Propietaria Alclub Sa es actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Propietaria Alclub Sa
Localidad:
ALMUÑECAR
Provincia:
Granada
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A18013250
Número de insolvencia:
A18013250
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Actividades culturales, deportivas y de entretenimiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
:
VILLA BARBEL PI 0
18690 ALMUÑECAR
Mostrar en tarjeta
-
CL :
ALCLUB 0
18690 ALMUÑECAR
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
22-09-2021
BOE-J-2021-107756
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958058997

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.1.Granada.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 329/2019

NIG: 1808742120180033610

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/09/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

1.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado Voluntario nº 329/2019 en liquidación, referente al concursado PROPIETARIA ALCLUB S.A. con C.I.F. nº A18013250 se ha aprobado el plan de liquidacion presentado por la Administración Concursal. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de DIEZ DÍAS, computados para las partes personadas, desde la notificación de la resolución por la que se aprueba el plan de liquidacion, y para los no personados, desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Tablón Edictal Judicial Único y en el REGISTRO PUBLICO CONCURSAL, conforme a lo dispuesto en el art. 23.2 de la LC, relativo a la publicidad complementaria, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Granada, 22 de septiembre de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA

29-06-2019
A190038210
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 329/2019, con NIG 1808742120180033610 por auto de 17 de junio de 2019 se ha declarado en concurso voluntario al deudor PROPIETARIA ALCLUB, S.A., con cif A-18013250 domicilio social y centro de intereses es el sito en calle Alclub s/n, Playa Velilla (18690) de Almuñécar.

2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la Administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido López y García de la Serrana Abogados y Economistas, S.L.P., con cif B-18979930 y domicilio en calle Trajano 8, escalera 1- 1ºC (18002) Granada, tfno 958/201613, fax 958-201697, E- mail concursoalclub@hispacolex.com

Conforme a lo dispuesto en el art. 30 de la LC designa como persona natural que la representará y que asumirá la dirección de los trabajos en el ejercicio de su cargo a don Javier López García de la Serrana, abogado, domicilio y dirección electrónica el antes indicado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Granada, 25 de junio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Alicia Pilar Raya García.

Síndico / administrador
Síndico:
LOPEZ Y GARCIA DE LA SERRANA-ABOGADOS Y ECONOMISTAS SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL.
Dirección física:
- ()
Dirección postal:
-
Teléfono:
-
Número de fax:
-
E-mail:
-
Sitio web:
-
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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