EDICTO
Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 593/2018, seguido a instancias de la procuradora Dña. María Ruth Sánchez Cortijos, en nombre y representación de BELINGO PRODUCCIONES, S.L., con CIF B35688449, se ha dictado Auto el día 11 de Enero de 2019, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
1. Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por BELINGO PRODUCCIONES S.L..
2. Declaro el concurso voluntario de BELINGO PRODUCCIONES, S.L., y simultáneamente lo concluyo por insuficiencia de masa.
3. Acuerdo la extinción de la referida entidad y la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirán los correspondientes mandamientos, firma la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.
4. Se acuerda la publicación de esta declaración de concurso y su conclusión mediante edictos, que se publicarán el tablón de anuncios de este Juzgado y de forma gratuita en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal, en la forma prevista en el art. 23 LC. Comuníquese la declaración de concurso a Aeat, Tgss y Fogasa.
5. Inscríbase en el Registro Mercantil de Las Palmas la declaración del concurso y su conclusión con los datos establecidos en el art. 24 LC y en la forma prevista en dicho precepto.
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto
Las Palmas de Gran Canaria, 21 de enero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Eduardo José Rebollo Sanz.