Don Cristina M.ª Valero Domenech, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 4 de Valencia, por el presente
Hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 538/2018 habiéndose dictado por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Valencia auto de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
Parte dispositiva.
1.-Se tiene por personado y por parte a la mercantil Sistemas Metalper, S.L., y en su representación al Procurador Procurador Sra. Ferra Pastor, Margarita, en virtud del poder especial que se aporta, con quien se entenderán las sucesivas diligencias en la forma prevenida por la Ley, y por solicitada la Declaración de concurso voluntario de acreedores.
2.-Se admite a trámite dicha solicitud y se declara el estado de concurso voluntario de la mercantil Sistemas Metalper, S.L., con domicilio en Fuente la Higuera (Valencia), avenida Blasco Ibañez, nº 28, bajo, y C.I.F. número B-97681530, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 8369, libro 5660, folio 68, hoja nº V-111030.
3.-Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE. Se acuerda expresamente que el diligenciamiento de este despacho tenga carácter gratuito.
Asà mismo se acuerda librar oficio junto con el edicto de publicidad de esta resolución al Registro Publico Concursal, desarrollado por el Real Decreto 892/2013 de 15 de noviembre por el que se regula al Registro Público Concursal, que será entregado al Procurador del solicitante del concurso, al no poder ser remitido electrónicamente ni telemáticamente por el Juzgado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los art. 7 y 8 del Real Decreto mencionado.
4.-Se declara concluso el concurso de acreedores de la mercantil Sistemas Metalper, S.L., por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando todos los efectos de la declaración del concurso.
5.-Se acuerda la extinción de la mercantil Sistemas Metalper, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción.
6.-Una vez firme, expÃdase por la Sra. Letrada de la Administración de Justicia mandamiento por duplicado ejemplar de la presente al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia, ó registro público correspondiente donde esté inscrita la deudora concursada, al que se adjuntará testimonio de la firmeza de la presente resolución, a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de la declaración del concurso y de la conclusión del mismo y extinción de la persona jurÃdica del deudor, debiéndose proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.
Todos los despachos se entregarán al Procurador de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con los artÃculos 23 y 24 de la Ley Concursal.
7.-ComunÃquese la declaración de concurso, al Juzgado Decano correspondiente para información a los Juzgados del orden civil, social, penal y contencioso administrativo, a los efectos previstos en el art. 50 a 57 de la LC; en concreto al Juzgado Decano de Valencia y Játiva.
8.-ComunÃquese la incoación del proceso al Fondo de GarantÃa Salarial a los efectos del art. 33 del Estatuto de los Trabajadores, asà como a la Agencia Tributaria y TGSS.
NotifÃquese la presente resolución al deudor, con la advertencia de que no es firme, y que contra esta resolución cabe interponer Recurso de Apelación en un plazo de veinte dÃas en este Juzgado para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, plazo que ses computará a los terceros legitimados a partir de su publicación en el «BOE».
Asà por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.Sª. Doy fe.
Firma del Magistrado-Juez Firma del Letrado A. Justicia.
Valencia, 4 de diciembre de 2018.- La Letrada de la Admón. de Justicia, Cristina M.ª Valero Domenech.