EDICTO
Doña Cristina María Valero Domenech, Letrada de la Administración de Justicia del juzgado de lo mercantil número tres de Valencia, por el presente
Hago saber:
Que en este juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores número 733/2018 habiéndose dictado en fecha cinco de septiembre de dos mil dieciocho por el ilustrísimo magistrado-juez del juzgado de lo mercantil número tres de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se tiene por personado y por parte a la mercantil Germans Arenas Fernández Serveis Integrals de Restauracio y Hosteleria, S.L., y en su representación al Procurador Señor Pons Font, en virtud del poder especial que se aporta, con quien se entenderán las sucesivas diligencias en la forma prevenida por la Ley, y por solicitada la declaracion de concurso voluntario de acreedores.
2.- Se admite a trámite dicha solicitud y se declara el estado de concurso voluntario de la mercantil Germans Arenas Fernández Serveis Integrals de Restauracio y Hosteleria, S.L., con domicilio en Guadassuar, calle Alfarp, 26; C.I.F. número B-97479232, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 7859, folio 1, hoja n.º V-98066.
3.- Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado. Se acuerda expresamente que el diligenciamiento de este despacho tenga carácter gratuito.
Así mismo se acuerda librar oficio junto con el edicto de publicidad de esta resolución al Registro Público Concursal, desarrollado por el Real Decreto 892/2013 de 15 de noviembre por el que se regula al Registro Público Concursal, que será entregado al Procurador del solicitante del concurso, al no poder ser remitido electrónicamente ni telemáticamente por el Juzgado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los art. 7 y 8 del Real Decreto mencionado.
4.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Germans Arenas Fernández Serveis Integrals de Restauracio y Hosteleria, S.L., por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando todos los efectos de la declaración del concurso.
5.- Se acuerda la extinción de Germans Arenas Fernández Serveis Integrals de Restauracio y Hosteleria, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción.
6.- Una vez firme, expídase por la Señora Letrada de la Administración de Justicia mandamiento por duplicado ejemplar de la presente al Registro Mercantil de la Provincia de Valencia, o registro público correspondiente donde esté inscrita la deudora concursada, al que se adjuntará testimonio de la firmeza de la presente resolución, a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de la declaración del concurso y de la conclusión del mismo y extinción de la persona jurídica del deudor, debiéndose proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.
Todos los despachos se entregarán al Procurador de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.
7.- Comuníquese la declaración de concurso, al Juzgado Decano correspondiente para información a los Juzgados del orden civil, social, penal y contencioso administrativo a los efectos previstos en el artículos 50 a 57 de la Ley Concursal.; en concreto al Juzgado Decano de Valencia.
8.-Comuníquese la incoación del proceso al Fondo de Garantía Salarial a los efectos del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores, así como a la Agencia Tributaria y Tesorería General de la Seguridad Social.
Valencia, 5 de septiembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.