E D I C T O.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia,
A N U N C I A:
Que en el procedimiento concursal número 571/2018-C en el que figura como concursado/a INSONORIZACIONES AISMER, S.L., CIF B20743092, se ha dictado el 16/11/18 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfaccion de los créditos contra la masa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Donostia-San Sebastián, 16 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Isabel Villoslada Torquemada.
E D I C T O.
El Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Donostia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 571/2018-C por auto de 18/9/2018 se ha declarado en concurso voluntario al deudor INSONORIZACIONES AISMER, S.L., con CIF B20743092, con domicilio en Poligono Ugaldea n,º 9 NAV.1-LOC.2 - 20170 Usurbil y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Usurbil.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que la administración concursal está integrada por D. CRISTOBAL MAÑERO VELASCO. Domicilio postal: C/Urdaneta 22 bajo 20006 San Sebastián. Dirección electrónica:info@maneroabogados.com
4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".
5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
6º.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es
Donostia-San Sebastián, 24 de septiembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.