Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,
Hace saber:
Que en el procedimiento concursal número 0000062/2017, se ha dictado en fecha 19 DE ABRIL DE 2021 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil ANTONIO ARTILES E HIJOS, S.L., con CIF B35548734, y domicilio social en Las Palmas de G.C., y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de ANTONIO ARTILES E HIJOS, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los siguientes efectos:
1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y cesará la Administración concursal.
2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.
3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Las Palmas de Gran Canaria, 3 de mayo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
Doña Ãgueda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas, por el presente,
Hace saber:
1.-Que en el procedimiento concursal número 62/2017, se ha dictado en fecha 11/09/2017 auto declarando el concurso de la mercantil ANTONIO ARTILES E HIJOS, S.L., con CIF: B-35548734 que se tramitará por las normas del procedimiento ordianario, y en el que se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado respecto de su patrimonio.
2.-Que se ha designado como administrador concursal a CONSULTORES DE RECUPERACIÓN DEL VALOR SCP, quien estará representada por don Rafael Franco Miranda, y que ha señalado como domicilio postal el sito en la calle Luis Doreste Silva, nº 18-b, 3.º iza. de Las Palmas de Gran Canaria, teléfono-fax 928918689 y como dirección electrónica rfranco@crvconsultores.com para que los acreedores, a su elección, y en la forma prevista en el art. 85 de la Ley Concursal, efectúen la comunicación de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BoletÃn Oficial del Estado.
3.-Que las publicaciones que traigan causa del concurso se publicarán el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es
Las Palmas de Gran Canaria, 8 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.