EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Donostia - UPAD Mercantil anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 529/2017 en el que figura como concursado/a HEGAZTIAK ARANBURUZABALA S.L., CIF B75028209, se ha dictado el dia de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Donostia, 24 de enero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Isabel Villoslada Torquemada.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia/San Sebastián, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 23 de la LC,
Anuncia
1.º- Que en el procedimiento número 529/2017, NIG n.º 20.05.2-17/009512, por Auto de 28 de septiembre de 2017 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Hegaztiak Aranburuzabala S.L., con CIF B75028209, con domicilio en Calle Zigarrola nº 19 - Arrasate-Mondragon que coincide con su domisilio.
2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º- Que la administración concursal está integrada por don Alberto Ruiz-Longarte Pérez con domicilio postal en Zigordia kalea, 47-1.º 20800 Zarautz (Gipuzkoa) y dirección electrónica: aruizlongarte@ekonomistak.eus.
4.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artÃculo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el dÃa siguiente a la publicación de este anuncio en el "BoletÃn Oficial del Estado".
5.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artÃculo 184.3 LC).
6.º- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es.
Donostia/San Sebastián, 28 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.