EDICTO
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
ANUNCIA
Que en el procedimiento número 1213/16, referente al deudor Grupo Enerpro Spain Renewable, S.L., con CIF B-91893297 y domicilio en Sanlúcar La Mayor, en Polígono Industrial Solúcar, calle Blasco de Garay número 69, primera planta, oficina 8-9-10, por auto de fecha 14 de octubre de 2019, se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Grupo Enerpro Spain Renewable, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el número 1213/16. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese de la Administradora concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Grupo Enerpro Spain Renewable, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 17 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo acordado en el artÃculo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 1213/2016, con NIG 4109142M20160002558, por auto de 25 de enero de 2017 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Grupo Enerpro Spain Renewable, S.L., con CIF B-91893297, y domicilio en Sanlúcar La Mayor, en PolÃgono Industrial Solúcar, calle Blasco de Garay, número 69, primera planta, oficina 8-9-10; y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Francisco José Tato Jiménez, con domicilio postal en calle Espinosa y Cárcel, n.º 9, 1.º, CP 41005 Sevilla, teléfono: 954 637 770, fax: 954 921 322, y dirección electrónica: ftato@smtauditores.es.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el BoletÃn Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artÃculo 184.3 LC).
Sevilla, 7 de febrero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.