EDICTO
Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid.
En el procedimiento concursal 879/2016 se dictó auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de LAVANDERÍA INDUSTRIAL QUALITY, S.L.U., con CIF nº B86199635.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Madrid, 26 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Emilio José Zornoza Arana.
EDICTO
D. Mariano RodrÃguez Trotonda, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Madrid, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 879/2016, por auto de 8/2/17 se ha declarado en concurso VOLUNTARIO al deudor LAVANDERÃA INDUSTRIAL QUALITY, S.L.U., con CIF B-86199635 por auto de 8 de febrero de 2017 por el magistrado D. Jorge Montull Urquijo.
2º.- La concursada conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometida en el ejercicio de estas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.
3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artÃculo 85 de la L.C.
4º.- La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración concursal C/ Cardenio, nº 1, Lc 1. 28034 de Madrid y en el correo electrónico concurso_lavanderiai@gmail.com. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el dÃa siguiente a la publicación en el BoletÃn Oficial del Estado.
5º.- que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artÃculo 184.3 L.C.)
Madrid, 8 de febrero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.