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Concurso de acreedores terminado Renergica Natural Sociedad Limitada.

El 14-12-2016, Renergica Natural Sociedad Limitada., en CARMONA (Sevilla) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de SEVILLA. El número de insolvencia de esta empresa es B90069444. La actividad (principal) de Renergica Natural Sociedad Limitada. es recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Renergica Natural Sociedad Limitada.
Localidad:
CARMONA
Provincia:
Sevilla
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B90069444
Número de insolvencia:
B90069444
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Extracción y distribución de agua; tratamiento de residuos y aguas residuales
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
4107 CARMONA-GUAJOZ (KM 8) 0
41410 CARMONA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-07-2020
A200026585
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, anuncia:

Que en el procedimiento número 751/2016, por Auto, de fecha 19 de diciembre de 2019, se ha acordado la Conclusión del Concurso, correspondiente al deudor RENÉRGICA NATURAL, S.L.U., con C.I.F. número B-90069444.

La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto, dice lo siguiente:

Parte dispositiva

Acuerdo:

1) La conclusión del proceso concursal de RENÉRGICA NATURAL, S.L.U., con C.I.F. B-90069444 y domicilio en Finca Dehesa Yeguas, en carretera 4107 Carmona-Guajoz, Km 8, de Carmona, CP 41410, llevado en este mismo juzgado con el n.º 751/2016. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.

2) El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en el plazo de 5 días.

3) La declaración de extinción de la sociedad RENÉRGICA NATURAL, S.L.U., con C.I.F. B-90069444 y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Expídase mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.

4) Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal.

5) Notificar el extracto de esta resolución en el BOE de forma gratuita de conformidad con el art 23 L.C.

6) Librar mandamientos al Registro Mercantil para dejar sin efecto las inscripciones que se hubieran podido practicar por la declaración de concurso, así como para la extinción de la sociedad y el cierre de su hoja registral, debiendo solicitar el instante del concurso cuantos otros les sean necesarios para otros registros públicos. Con tal finalidad se entregarán al Procurador de la instante que deberá acreditar ante este Juzgado en el plazo de cinco días su presentación ante el Registro Mercantil.

7) Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso.

8) Llevar el original de esta resolución al Libro de Autos, dejando testimonio en los autos.

9) Una vez los mandamientos hayan sido diligenciados y unidos al expediente, su archivo, previa baja en los libros de su razón.

Sevilla, 30 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.

07-02-2017
A170004127
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 751/2016, con NIG 4109142M20160001926 por auto de 14/12/16 se ha declarado en concurso al deudor RENERGICA NATURAL, S.L.U., con CIF B-90069444, y domiciliada en Finca Dehesa Yeguas en carretera 4107 Carmona Guajoz, km 8, de Carmona, 41410 Sevilla.

2.º Se suspende el ejercicio por la entidad concursada de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituida por los Administradores concursales.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, directamente ante la administración concursal, a la letrada DOÑA CECILIA FRANCO ROMERO, dirección avda. San Fco. Javier, n.º 22, edificio Hermes, planta 5.ª, módulo 14, 41018 Sevilla, teléfono 955280188, fax 954064652, correo electrónico: cecilia.franco@iureko.com, bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Sevilla, 20 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Informes
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