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Concurso de acreedores terminado La Tahona Y El Horno De Luis Sl

El 02-12-2016, La Tahona Y El Horno De Luis Sl, en MOSTOLES (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B78052511. La actividad (principal) de La Tahona Y El Horno De Luis Sl es industria de la alimentación.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
La Tahona Y El Horno De Luis Sl
Localidad:
MOSTOLES
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B78052511
Número de insolvencia:
B78052511
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
PUERTO SOMOSIERRA (POL IND) 12
28935 MOSTOLES
Mostrar en tarjeta
-
CL :
RIO JUCAR 0
28935 MOSTOLES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
13-09-2021
BOE-J-2021-94074
 
  • Conclusión del concurso
 
ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 11 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930483

Correo electrónico: PLG51@MADRID.ORG

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 497/2016

NIG: 2807900220160121581

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 10/09/2021

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.madrid.org/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Dª. María Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid.

Anuncia

1.- En el procedimiento concurso abreviado nº 497/2016 se ha dictado Auto de fecha 10/09/2021 por el que se ha declarado concluso el concurso de La Tahona y el Horno de Luis, S.L. CIF B-78052511, aprobando la rendición final de cuentas, ordenando librar los mandamientos al Registro Mercantil indicando la conclusión del concurso y el cierre de las hojas de inscripción correspondientes.

2.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica de La Tahona y el Horno de Luis, S.L. con CIF B-78052511, disponiendo la cancelación de las inscripciones de dicha persona jurídica y la expedición del testimonio de ésta resolución y su remisión al Registro Mercantil a los efectos procedentes.

3.- La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Madrid, 13 de septiembre de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA LUISA PARIENTE VELLISCA

27-12-2016
A160089123
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Dª María Luisa Pariente Vellisca, Letrado de la Administracion de Justicia del Juzgado Mercantil nº 11 de Madrid, hace saber:

1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 497/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0121581, por auto de fecha 2 de diciembre de 2016 se ha declarado en concurso voluntario que se tramitará por el procedimiento abreviado, a LA TAHONA Y EL HORNO DE LUIS, S.L., con nº de identificación B78052511, y domiciliado en Puerto de Somosierra, 12, Polígono Industrial Las Nieves, 28935, Móstoles, Madrid

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal.

4.- La identidad de la Administración concursal es Don José María Dutilh Carvajal con domicilio postal en C/ Capitán Haya, 1, planta 15 Madrid, y dirección electrónica: jose.maria.dutilh@lequid.eu

Ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 2 de diciembre de 2016.- La Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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