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Concurso de acreedores terminado Brigadas Especiales Para El Mantenimiento Del Automovil S.L.

El 28-07-2016, Brigadas Especiales Para El Mantenimiento Del Automovil S.L., en INGENIO (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35688118. La actividad (principal) de Brigadas Especiales Para El Mantenimiento Del Automovil S.L. es almacenamiento y actividades anexas al transporte.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Brigadas Especiales Para El Mantenimiento Del Automovil S.L.
Localidad:
INGENIO
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B35688118
Número de insolvencia:
B35688118
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Transporte y almacenamiento
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
TIGADAY (POL IND LAS MAJORE) 16
35250 INGENIO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-10-2018
A180063997
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 183/16, seguido a instancias del Procurador Don Pedro Servera Carreras, en nombre y representación de Briesma, S.L., con CIF B35688118, se ha dictado Auto el día 28 de julio de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara la Conclusión del concurso de la mercantil Briesma, S.L., por inexistencia de bienes (176 BIS LC), declarando los siguientes efectos derivados de la conclusión:

-Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes, acordando la extinción de la persona jurídica Briesma, S.L., y disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se ordena por la presente librar mandamiento por duplicado conteniendo testimonio de la resolución firme, que sera entregado al procurador instante para su diligenciamiento y gestión.

La concursada se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria, Tomo 1.581 de Sociedades, folio 46, hoja GC 27.389, inscripción 1. Procédase a librar los edictos necesarios para la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de este juzgado, Boletín Oficial del Estado y Registro Público Concursal.

?- Cesa la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

- Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno (art. 177.1 LC).

Notifíquese esta resolución al concursado mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal y dése a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.

Así lo acuerda, manda y firma, D. Guillermo Fernández García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Las Palmas.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en Las Palmas de Gran Canaria.

Las Palmas de Gran Canaria, 25 de octubre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

11-10-2016
A160069326
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

D. Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000183/2016, seguido a instancias del Procurador D. Pedro Servera Carreras, en nombre y representación de Brigadas Especiales Mantenimiento Automóvil, S.L., se ha dictado Auto el día 28 de julio de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Brigadas Especiales Mantenimiento Automóvil, S.L., con CIF, n.º B35688118, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado..

Se designan como Administradores del concurso a: D. Juan Manuel Riera Casadevall, DNI 40.263.912C como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Chopín, número 22, y código postal 35005, Las Palmas, teléfono 928.20.91.75 y Fax 928.20.91.42, así como dirección electrónica juanmanuel@rieraasesores.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D. Guillermo Fernández García, Magistrado-Juez. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de septiembre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

11-10-2016
A160069326
 

Edicto

D. Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000183/2016, seguido a instancias del Procurador D. Pedro Servera Carreras, en nombre y representación de Brigadas Especiales Mantenimiento Automóvil, S.L., se ha dictado Auto el día 28 de julio de 2016, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Brigadas Especiales Mantenimiento Automóvil, S.L., con CIF, n.º B35688118, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y se publicará en el Boletín Oficial del Estado..

Se designan como Administradores del concurso a: D. Juan Manuel Riera Casadevall, DNI 40.263.912C como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Chopín, número 22, y código postal 35005, Las Palmas, teléfono 928.20.91.75 y Fax 928.20.91.42, así como dirección electrónica juanmanuel@rieraasesores.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; intervención.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC).

D. Guillermo Fernández García, Magistrado-Juez. Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de septiembre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
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