EDICTO
D./Dña. Juan Fernando Montero Manchado, Letrado/a de la Administración de Justicia, de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n. 1 y Mercantil de Cáceres,
ANUNCIA
Que en el concurso 0000312/2016, referente al concursado Automóviles Hermanos Nuñez 4x4 S.L., por auto de fecha 19-12-2019, se ha acordado lo siguiente:
1.- Declarar la conclusión del concurso, por estar en el supuesto de insuficiencia de la masa activa para satisfaces los créditos contra la masa.
2.- La extinción de la sociedad Automóviles Hermanos Nuñez 4x4 S.L., con CIF B-10277770, y el cierre de su hoja de inscripción en los registros que corresponda con expedición de mandamiento conteniendo testimonio de resolución firme.
3.- La aprobación de la rendición de cuentas del administrador concursal D. Carlos Arjona Pérez.
4.- Archivar definitivamente las actuaciones.-
Cáceres, 19 de diciembre de 2019.- El/la Letrado/a de la Administracion de Justicia, Juan Fernando Montero Manchado.
Edicto
Don Juan Fernando Montero Manchado, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 y Mercantil de Cáceres, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 0000312/2016 y NIG n.º 10037 41 1 2016 0003016, se ha dictado en fecha 20-07-2016 auto de Declaración de Concurso Voluntario del deudor Automóviles Hermanos Núñez 4x4, S.L., con CIF n.º B 10277770, cuyo centro de intereses principales lo tiene en carretera de Mérida, km 593, Cáceres.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado como administrador concursal al abogado don Carlos Arjona Pérez, con domicilio postal en C/ Gómez Becerra, n.º 19-3, 10001 Cáceres y dirección electrónica señalada concursohermanosnunez4x4@gmail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Cáceres, 20 de julio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.