Edicto
D. Andoni del Peral Setien, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.° Uno (Ant. 1.ª Instancia 4) de Burgos, por el presente,
Hago saber: Que en el Procedimiento Concursal seguido en este órgano judicial con el n.° 182/2016 y NIG 09059 42 1 2016 0004212, se ha dictado en fecha 31 de julio de 2017 Auto declarando la conclusión y consiguiente archivo del concurso de la mercantil Embutidos Nava, S.L., con CIF B09293341 y domicilio social en Nava De Ortunde (Burgos), Barrio Cereceda, s/n (Pol. Industrial Las Merindades), acordándose además:
1.º La aprobación de la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal y el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
2.° Quedar responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.
3.° La extinción de la mercantil concursada y la cancelación de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda.
Burgos, 22 de noviembre de 2017.- El/La Letrado de la Administración de Justicia.
Edicto
D. Alberto Fernández de Alba Galiana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º Uno (Ant. 1a. Instancia 4) de Burgos, por el presente, hago saber:
1.º Que en el Procedimiento Concursal seguido en este órgano judicial con el Nº 182/2016 y NIG 09059 42 1 2016 0004212, se ha dictado en fecha 27 de junio de 2016 Auto de Declaración de Concurso Voluntario de la mercantil Embutidos Nava, S.L., con C.I.F. B09293341 y domicilio social en Nava de Ortunde (Burgos), Barrio Cereceda, S/N (Pol. Industrial Las Merindades).
2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición quedan intervenidas por la Administración concursal. Se ha designado como Administración concursal al letrado D. Jesús Castellano Gállego, con domicilio postal en Paseo de la Castellana 120, 5.º izda., c.p. 28046 MADRID, y dirección electrónica j.castellano@ilpabogados.com señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la L.C., a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de Un Mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Burgos, 7 de julio de 2016.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.