Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra.
En este Órgano judicial se tramita Sección I Declaración Concurso 0000068 /2016 en los que, por auto de 31/10/18 se ha acordado lo siguiente:
1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación, del presente concurso de acreedores de MACRECORMODA, S.L., con C.I.F. B-36411015, con domicilio en Avda. de Ourense, 31-B, Marín (Pontevedra), con los efectos legales inherentes.
2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.
4.- Se acuerda la extinción de la sociedad MACRECORMODA, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Y para su conocimiento general se publica el presente
Pontevedra, 15 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.
Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente,
Hago saber:
1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 0000068 /2016 y NIG n.º 36038 47 1 2016 0000108 se ha dictado en fecha 25.04.16 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO voluntario del deudor MACRECORMODA SL, con C.I.F B-36.411.015, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Justo Martínez, 18, bajo (A Estrada).
2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor, con la autorización o conformidad de la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a1 Abogado Tomás Santodomingo Harguindey, con domicilio postal en Plaza de Compostela, 23, 1.º-Dcha. CP 36201 Vigo, y dirección electrónica señalada macrecormodaconcurso@gmail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el articulo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4.º-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal publicidadconcursal.es
Pontevedra, 2 de mayo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.