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Concurso de acreedores terminado Regalos De Empresa Resag Sl

El 15-04-2016, Regalos De Empresa Resag Sl, en AZUQUECA DE HENARES (Guadalajara) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GUADALAJARA. El número de insolvencia de esta empresa es B19235258. La actividad (principal) de Regalos De Empresa Resag Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Regalos De Empresa Resag Sl
Localidad:
AZUQUECA DE HENARES
Provincia:
Guadalajara
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B19235258
Número de insolvencia:
B19235258
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
POSTAS, 48 - LOC A 1 0
19200 AZUQUECA DE HENARES
Mostrar en tarjeta
-
CL :
MULHACEN 9
19200 AZUQUECA DE HENARES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
30-04-2016
A160020308
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

EDICTO

D. José Alfredo Rodríguez Nuño, Letrado de la Administración de Justicia del Jdo. de 1ª Instancia nº 4 y Mercantil de Guadalajara, por el presente, hago saber:

Que en el presente procedimiento en fecha 14 de abril de 2016 se ha dictado Auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

ACUERDO HABER LUGAR A DECLARAR EL CONCURSO voluntario de la mercantil REGALOS DE EMPRESA RESAG, S.L. con CIF B19235258 inscrita en el registro Mercantil de Guadalajara al tomo 452, folio 217, hoja GU-5733 inscripción 1ª y con domicilio en la calle Postas 48, local A1 de Azuqueca de Henraes, Guadalajara, y, simultáneamente, ACORDAR SU CONCLUSIÓN por insuficiencia de masa.

Acuerdo asimismo la extinción de la referida entidad y la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirán los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

PUBLÍQUESE la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el BOE y en el tablón de anuncios de este Juzgado. A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado.

Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense al procurador del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal.

Inscríbase en el Registro Mercantil de Guadalajara la declaración del concurso y su conclusión con los datos establecidos en el art. 24 LC y en la forma prevista en dicho precepto.

NOTIFÍQUESE la presente resolución a las partes personadas y hágase saber a cualesquiera interesados que contra la misma cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN, a interponer en este Juzgado en plazo de veinte días desde su notificación, siendo competente para conocer del mismo la Ilma. AP de Guadalajara.

Así lo acuerda, manda y firma Dª. Ángela Sanz Rubio, Magistrada-Juez titular del Juzgado de 1ª Instancia y de lo Mercantil nº 4 de Guadalajara, y su Partido.

Para que sirva de notificación a todas aquellas que puedieran estar interesadas.

Guadalajara, 15 de abril de 2016.- Letrado de Administración de Justicia.

Informes
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