D. Juan Luis Ramos Mendoza, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia N.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
I. Que en el procedimiento concursal número 727/2015, por auto de fecha 2 de junio de 2020, se ha declarado la conclusión y el archivo de este procedimiento concursal por la por inexistencia de bienes y derechos en la masa activa con los que satisfacer los créditos contra la masa del concurso, del concursado FORMAS URBANAS, S.L., CIF N.º B-19197185.
II. Con la referida resolución cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, cesando en su cargo el administrador judicial designado, acordando la inscripción de la conclusión del concurso en el registro Civil correspondiente al nacimiento del concursado.
La declaración de concurso del deudor, dentro de los cinco años siguientes a la reseñada Resolución, tendrá la consideración de reapertura de éste procedimiento.
Guadalajara, 3 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Luis Ramos Mendoza.
E D I C T O
D.ª Celia Sardina Callejo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado del Juzgado de primera Isntancia número 4 y de lo Mercantil de Guadalajara.
Hago Saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I declaración concurso 0000727 /2015 y NIG n.º 19130 42 1 2015 0006919, se ha dictado en fecha 10 de diciembre de 2.015 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Formas Urbanas, SL, con CIF n.º B-19197185, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Guadalajara, C/ Francisco Aritio n.º 156, nave 19.
2.º Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de la Administración Concursal mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a la Entidad Abogados J.E.A., SRL, con domicilio postal en Avenida Venezuela n.º 15, 19001 Guadalajara, y dirección electrónica señalada concursos@abogaconcursos.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado
Guadalajara, 16 de diciembre de 2015.- La Letrado de la Administración de Justicia.