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Concurso de acreedores Carnes Y Mariscos S.L.

El 17-11-2015, Carnes Y Mariscos S.L., en ZAFRA (Badajoz) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BADAJOZ. El número de insolvencia de esta empresa es B06496533. La actividad (principal) de Carnes Y Mariscos S.L. es industria de la alimentación.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Carnes Y Mariscos S.L.
Localidad:
ZAFRA
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B06496533
Número de insolvencia:
B06496533
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL LOS CAÑOS (CL BODI), PAR 94 0
06300 ZAFRA
Mostrar en tarjeta
-
PZ :
CORAZON DE MARIA, 7 - PLT 2 0
06300 ZAFRA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-11-2015
A150050821
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña LUCÍA PECES GÓMEZ, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I, Declaración Concurso 597/2015, se ha dictado en fecha 17 de noviembre de 2015 auto de declaración de concurso abreviado voluntario del deudor "CARNES Y MARISCOS, SOCIEDAD LIMITADA", con CIF n.º B-06496533, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Badajoz Polígono Industrial Los Caños, parcela 94, C/. Bodion, núms. 4 y 6, Zafra

2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que el deudor tiene sobre su patrimonio. Se ha designando, como administración concursal ASESORÍA GARLAN, SLLP, CIF B 0668237, con domicilio en Avda. Camerano, núm. 13, 06300 Zafra (Badajoz), correo electrónico concursocarmar@asesoriagarlan.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, no se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de créditos tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

Badajoz, 17 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
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