El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 de TRLC, anuncia:
- Que en el procedimiento número 863/2015, con NIG 0401342M20150000881 referente al deudor MARALEVANTE, S.L., con CIF B04748026 y domicilio en calle SOR POLICARPA N.º 24 ALMERIA, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso de fecha 9 de marzo de 2021, en cuya parte dispositiva se dispone:
- La conclusión del presente procedimiento concursal.
- Se declara aprobada la rendición de cuentas final de la Administración Concursal.
- Se declara la extinción de la entidad mercantil MARALEVANTE, S.L.
- Publíquese la presente resolución en el tablón electrónico de edictos de la sede judicial electrónica, en el «Boletín Oficial del Estado» y en el Registro Público Concursal.
- Se decreta el cese de la Administración Concursal.
Almería, 9 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María Ángeles Bossini Ruiz.
El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 863/2015, con NIG 0401342M20150000881, por auto de 4 de octubre de 2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Maralevante, S.L., con C.I.F.: B-04748026 y domicilio en C/ Sor Policarpa, n.º 24, Almería.
2º.- Que facultades de la administración son las de intervención, autorizando o dando su conformidad a los actos de disposición y administración del deudor, respecto de su patrimonio.
3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido doña Belén Mesa Batlles, con D.N.I. 27535621K, y domicilio en calle García Alix, n.º 9, de Almería, Teléfono: 950230833 y Fax: 950272375 y dirección electrónica: bmesa@mesapuga.com.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Almería, 26 de octubre de 2015.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.