Edicto.
EL Juzgado de lo Mercantil de Jaén, anuncia:
Que en la sección quinta del procedimiento concursal número 1565/15 referente al concursado "EVIROIL, S.L.U., con CIF B23556384, y domicilio en C/ Virgen, n.º 9, de Torreperogil (Jáen), por auto de fecha 27/05/19, ha acordado los siguiente:
1.- Declarar la conclusión del concurso de "EVIROIL, S.L.U." y el archivo de las actuaciones.
2.- Aprobar las cuentas presentadas por la Administración concursal.
3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
Jaén, 31 de mayo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Blanco Buendía.
El Jdo de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén anuncia:
Que el procedimiento concursal número 1565/2015, referente al concursado EVIROIL, S.L.U., por auto del Juzgado de 1.ª Instancia número 4 y de lo Mercantil ha acordado los siguientes:
1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 16/03/16, por solicitar la liquidación la concursada
2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 31/05/16 a las 9.30
3.- Abrir, la fase la liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC
4.- Quedan en suspenso de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Jaén, 31 de marzo de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,
Anuncia
1.º Que en el procedimiento número 1565/2015, por Auto de 18 de septiembre de 2015, rectificado por Auto de fecha 23 de octubre de 2015, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Eviroil, SLU, CIF B23556384, con domicilio en calle Virgen, n.º 9, 1.º, Torreperogil, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Torreperogil.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración Concursal designada ha sido PÉREZ CAMACHO ADMINISTRADORES CONCURSALES, SLP, con domicilio postal calle Marqués de Linares, 29, Linares, y dirección electrónica concursoevirol@gestoriajoseperez.com
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Jaén, 26 de octubre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.