Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Columba 2013 Sociedad Limitada.

El 14-10-2015, Columba 2013 Sociedad Limitada., en CALA VEDELLA (Baleares) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de PALMA DE MALLORCA. El número de insolvencia de esta empresa es B57771156. La actividad (principal) de Columba 2013 Sociedad Limitada. es actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Columba 2013 Sociedad Limitada.
Localidad:
CALA VEDELLA
Provincia:
Baleares
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B57771156
Número de insolvencia:
B57771156
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Actividades administrativas y servicios auxiliares
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SES SERRETES 0
07830 CALA VEDELLA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
02-11-2015
A150047645
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Esteban Martínez Rovira, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 2 de Palma de Mallorca,

Por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 378/2015-C (NIG 07040 47 1 2015/0000868), se ha dictado en fecha 14/10/2015 auto de declaración de concurso voluntario de la deudora Columba 2013, S.L., con CIF B57771156, y con domicilio en Urbanización Ses Serretes, sin número, Cala Vadella, Sant Josep de Sa Talaia, Eivissa.

2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de los concursados, en las que será sustituido por la Administración concursal.

3.º Se ha nombrado administrador concursal al economista D. Jaime Díaz de Entresotos Cortés, con domicilio profesional en calle Antoni Jaume, número 2, 1.º 1.ª, CP 07800, de Ibiza, y correo electrónico para notificaciones del presente procedimiento concursocolumba2013@mdibiza.com, la dirección postal donde efectuar comunicación de créditos es la misma que el despacho para el ejercicio del cargo.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

5.º Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.

También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicadas. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito.

6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).

7.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público concursal www.publicidadconcursal.es.

Palma de Mallorca, 26 de octubre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
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