Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Audio Video & Lighting Sociedad Limitada.

El 01-09-2015, Audio Video & Lighting Sociedad Limitada., en AIGUAVIVA (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17777582. La actividad (principal) de Audio Video & Lighting Sociedad Limitada. es fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Audio Video & Lighting Sociedad Limitada.
Localidad:
AIGUAVIVA
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B17777582
Número de insolvencia:
B17777582
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
TARRAGONA (POL CASANOVA) 74
17181 AIGUAVIVA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
03-10-2015
A150040884
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Abreviado núm. 854/2012, se ha acordado mediante Auto de fecha 1 de septiembre de 2015 la conclusión y el archivo por inexistencia de bienes y derecho del concurso voluntario abreviado de la mercantil Audio, Video & Lighting, S.L., provista de CIF núm. B-17.777.582, con domicilio sito en la calle Tarragona, número 74, Polígono Casanova, de la población de Aiguaviva (Girona) y cesando cualquier limitación de las facultades de administración y disposición de la concursada mercantil, subsistentes a la fecha de la citada resolución de conclusión de concurso.

En cumplimiento del Real Decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita para el auto de declaración de concurso, de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 1 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

Informes
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