Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz - UPAD Mercantil, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 85/2015 en el que figura como concursado/a BODEGAS ARACO, S.L., CIF B01033752, se ha dictado el día de hoy auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por haber finalizado la fase de liquidación.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Vitoria-Gasteiz, 24 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Miriam Ramos Rendo.
Edicto
El Upad Mercantil- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Victoria-Gasteiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 85/2015 Nig n.º 01.02.2-15/001574, por auto de 14/7/2015 se ha declarado en concurso necesario al deudor "Bodegas Araco, SL", con Cif B01033752, con domicilio en carretera La Puebla a La Guardia n.º s/n, 01300 La Guardia-La Rioja y cuyo centro de principales intereses lo tiene en La Guardia.
2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3.º Que la administración concursal está integrada por "Attest Servicios Empresariales, S.L." Domicilio postal: San Antonio, n.º 15, 4.º, de Victoria Gasteiz,
Dirección electrónica: sdeprit@attest.es.
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
En el plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día sigueinte a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado".
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistido de Letrado (artículo 184.3 LC).
6.ª Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es.
Vitoria-Gasteiz, 3 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.