EDICTO
Doña Marta María Martínez González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Cuenca, por el presente,
Hago saber:
Que en este órgano judicial se tramita Sección V Liquidación Concurso 403/2015 frente a Arquitectura, Construcción y Promoción, S.A., con domicilio social en Cuenca, Polígono de la Cerrajera, parcela 77-78, mercantil inscrita al Registro Mercantil de Valencia, al tomo 2.059 general, 1.312 de la sección 3ª, folio 103, hoja 13.684, y CIF A-46394250, en los que se ha dictado con fecha 13 de octubre de 2.020 auto, el cual es firme, por el que se ha acordado la conclusión del presente Concurso, y cuya parte dispositiva, en extracto, dice:
"Acuerdo:
1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de inexistencia de masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, artículo 465.5º TRLC
2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación.
3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración de concurso.
4.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de "Arquitectura, Construcción y Promoción S.A." y se dispone el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil, de conformidad a lo estipulado en el TRLC.
Líbrese Mandamiento a dicho Registro con la finalidad del cierre de la hoja de inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil.
4.- Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Registro Público de Resoluciones Concursales y en el tablón de anuncios del juzgado.
5.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución.
6.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.
Modo de impugnación: contra el presente auto cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en el plazo de 20 días.
Notifíquese esta resolución en la forma establecida por el TRLC.
Así por esta resolución lo pronuncio, mando y firmo."
Cuenca, 17 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Marta María Martínez González.