Edicto.
Don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Las Palmas de Gran Canaria.
Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000209/2015, seguido a instancias del Procurador don Pedro Javier Viera Pérez, en nombre y representación de BORDON COMPLEX, S.L., En Liquidación, se ha dictado Auto el día 4 de junio de 2015, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
Se declara el concurso de BORDON COMPLEX, S.L., En Liquidación, con CIF: número B-35769769, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.
A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario.
Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado.
Se designan como Administradores del concurso a: Don Carlos Mauricio Bravo de Laguna Navarro, como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Viera y Clavijo, n.º 5, 4.ª planta, 35002 Las Palmas de Gran Canaria, Tfno 928361766, Fax 928361923 y dirección electrónica: carlos@mbrabogados.es
En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; Intervención.
Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.
Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).
Don Antonio Carlos Martínez-Uceda Calatrava, MAGISTRADO-JUEZ. don Eduardo José Rebollo Sanz, Secretario Judicial. - Firmados y rubricados.
Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.
Las Palmas de Gran Canaria, 9 de julio de 2015.- Secretario Judicial.