E D I C T O
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Donostia,
A N U N C I A
Que en el procedimiento concursal número 469/2015-D en el que figura como concursado/a ARGON SUMINISTROS INDUSTRIALES S.L., CIF B20462768, se ha dictado el 25-04-2017 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa para la satisfaccion de los créditos contra la masa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Asà mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurÃdica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
San Sebastián, 25 de abril de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado Mercantil n.º 1 de Donostia-San Sebastián,
Anuncia
1.º-Que en el procedimiento número 469/2015-B, por auto de 10/6/2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor ARGON SUMINISTROS INDUSTRIALES, S.L., con CIF B20462768, con domicilio en Astigarraga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Astigarraga.
2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal.
3.º-Que la Administración concursal está integrada por don Antonio Zubía Zubimendi, paseo Errondo, 5-1-1.º C, CP 20010 Donostia-San Sebastián, teléfono 943-45.29.02, email: antxon.zz@gmail.com
4.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
5.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Donostia-San Sebastián, 15 de junio de 2015.- El Secretario judicial.