D.ª Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:
1. Se ha declarado concurso y archivo por insuficiencia de masa activa del mismo, con el n.º 267/15-A, y N.I.G. 50297 47 1 2015 0000553.
2. Carácter del concurso: Voluntario y abreviado.
3. Fecha de declaración y conclusión: 26/05/2015.
4. Deudor: Techos y Aislamientos Aragón, S.L. CIF B99128647, con domicilio social en Tudela (Navarra) y centro de intereses principales en Zaragoza, calle Zaragoza La Vieja, 100-bajo, inscrita en el Registro Mercantil de Navarra al tomo 1.759, folio 184, hoja NA-34.896.
5. Se ha declarado disuelta la mercantil concursada.
6. Se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
7. En dicho auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal y tablón de anuncios del Juzgado. Contra el referido auto cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días.
Zaragoza, 26 de mayo de 2015.- La Secretaria Judicial.
D.ª Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber:
1.- Se ha declarado concurso y archivo por insuficiencia de masa activa del mismo, con el n.º 267/15-A, y N.I.G. 50297 47 1 2015 0000553.
2.- Carácter del concurso: voluntario y abreviado.
3.- Fecha de declaración y conclusión: 26/05/2015.
4.- Deudor: Techos y Aislamientos Aragon, S.L., CIF B99128647, con domicilio social en Tudela (Navarra), y centro de intereses principales en Zaragoza, calle Zaragoza La Vieja, 100-bajo, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza al tomo 3444, folio 141, hoja Z-422771.
5.- Se ha declarado disuelta la mercantil concursada.
6.- Se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
7.- En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal y tablón de anuncios del Juzgado. Contra el referido Auto cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días.
Zaragoza, 26 de mayo de 2015.- La Secretaria Judicial.