Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 559/2015 (NIG 2906742M20150001054), por auto de fecha 28 de abril de 2015, se ha declarado en concurso voluntario al deudor AGROJUJUY, S.L., con CIF B29594553, domicilio en Algarrobo Costa (Málaga), Avda. de Andalucía, n.º 22, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que la administración concursal la integra: D. MANUEL TAILLEFER ROMERO, provisto de DNI 27335009-S, español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil casado, domicilio y dirección postal Travesía Carlos Mackintosh, n.º 3, A5, CP 29602 Marbella, vecino de Málaga, Tlf n.º 952863933. Profesión: economista, y con dirección de correo electrónico global@globalaye.com, que designa a los efectos de comunicación de créditos.
4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera.
6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.
Málaga, 6 de mayo de 2015.- El Secretario Judicial.