Edicto dando publicidad a la declaración de concurso
Doña Maria Aranzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho juzgado se tramita el proceso concursal 1043/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Instal.lacions Ferre, Sociedad Limitada, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.-Concurso voluntario 1043/2014, sección C2.
NIG del procedimiento.-08019 471 2014 8008518.
Entidad concursada.-Instal.lacions Ferre, Sociedad Limitada, con CIF número B60829546 y domicilio en calle Barcelona, 56, baixos, 08211 Castellar del Valles (Barcelona).
Tipo de concurso.-Voluntario.
Fecha del auto de declaración.-Dos de diciembre de dos mil catorce.
Administrador/es concursales.-Jordi Pociello Bove, con domicilio social en calle Ravella, 12, baixos, 08021 Barcelona, teléfono 932009307, fax 932156237 y correo electrónico: pociello@cp-aa.es
Facultades del concursado.-Intervenido.
Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. S se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.
Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 3 de diciembre de 2014.- Secretaria judicial.