EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada, de Marcas, Patentes y Proteccion Jurídica del Diseño Industrial,
Anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 1865/14 referente al deudor CRISTALERÍA HERRERA E HIJOS, S.L., con CIF B18252577, se ha dictado Auto de fecha 1 de octubre de 2019, acordando la conclusión del procedimiento concursal de dicha entidad y asimismo se ha acordado aprobar la rendición final de cuentas presentada por la Administración judicial y cuya parte dispositiva es del tenor siguiente:
Parte Dispositiva: Acuerdo la conclusión del presente procedimiento concursal de la entidad CRISTALERÍA HERRERA E HIJOS, S.L. Asimismo, acuerdo aprobar la rendición final de cuentas presentada por la Administración concursal.
De conformidad a ello:
Primero: procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.
Segundo: procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.
Tercero: llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.
Cuarto: requiérase a la Administración concursal para que presente su credencial en el Juzgado, cesando en tal momento de su cargo.
Quinto: se acuerda la extinción de CRISTALERÍA HERRERA E HIJOS, S.L. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de las sociedades CRISTALERÍA HERRERA E HIJOS, S.L.
Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno.
Granada, 3 de octubre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Constanza Clara Lendínez Barranco.