EDICTO
El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), anuncia:
Que en el procedimiento número 1036/2014, referente al deudor Promociones y Construcciones Loraljarafe, S.L., con CIF número B91483990, y domicilio en Sevilla, en Polígono Industrial Matallana. Fase II. Calle Ebanistería 42, 2º 10º. CP 41440. Lora del Río, por auto de fecha 14 de octubre de 2020, se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Promociones y Construcciones Loraljarafe, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el número 1036/2014. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese de la Administración concursal designada, aprobando la rendición de cuentas presentada por la mismo.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Promociones y Construcciones Loraljarafe, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 19 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 1036/2014, con NIG 4109142M20140002299, por auto de fecha 25 de septiembre de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Promociones y Construcciones Loraljarafe, SL, con CIF: B-91483990, domicilio en Sevilla, en Polígono Industrial Matallana. Fase II. C/ Ebanistería, 42-2-10. CP 41440. Lora del Río; y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido doña Isabel García Mateos, con domicilio postal en Sevilla, en Avenida Americo Vespucio, 5. 4. Edificio Cartuja. Planta primera. Oficina 11; teléfono: 954082800; fax: 954082900; y dirección de correo electrónico: isabel.garcia@leonolarte.com.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Sevilla, 10 de febrero de 2015.- La Secretaria Judicial.