Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Agrolab Don Benito S.L.

El 03-02-2015, Agrolab Don Benito S.L., en DON BENITO (Badajoz) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BADAJOZ. El número de insolvencia de esta empresa es B06414684. La actividad (principal) de Agrolab Don Benito S.L. es servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Agrolab Don Benito S.L.
Localidad:
DON BENITO
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B06414684
Número de insolvencia:
B06414684
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
LEONARDO TORRES QUEVEDO, 105 - P 0
06400 DON BENITO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
29-11-2016
A160086737
 

Doña Lucia Peces Gómez Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:

Que en la Sección I Declaración Concurso 650/2014, seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Rosa María Andrino, en nombre de AGROLAB DON BENITO, S.L. con CIF B06414684 y AGL CLINICA & LAB, S.L. con CIF B06637292, se ha dictado Auto n.º 252/2016, de fecha 14 de noviembre de 2016, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:

1. Declarar la conclusión del concurso AGROLAB DON BENITO, S.L. con CIF B-06414684, y AGL CLINICA & LAB, S.L. con CIF B 06637292, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

2. Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

3. Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución.

4. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.

5. Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal integrada por D. FRANCISCO JAVIER PANADERO ALBURQUERQUE.

Badajoz, 15 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

14-02-2015
A150004415
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña Lucía Peces Gómez, Secretaria Judicial del Jdo. de lo Mercantil N. 1 De Badajoz, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la Sección I Declaración de Concurso 000650/2014 se ha dictado en fecha dos de febrero de 2015 auto de declaración de concurso abreviado voluntario de los deudores AGROLAB DON BENITO, S.L., con CIF B06414684 y AGL CLINICA & LAB, S.L., con CIF B06637292, cuyo centro de intereses principales lo tienen en, C/ Valdegramas N.º 9 del Polígono Industrial San Isidro de Don Benito (Badajoz).

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercían los concursados. Se ha designado, como administración concursal a INSTITUTO CONCURSAL, S.L.P., con domicilio profesional en C/ Prin N.º 9 portal 3 1.º B de Badajoz y dirección de correo electrónico concursoagrolab@institutoconcursal.es, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de créditos tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

Badajoz, 3 de febrero de 2015.- La Secretaria Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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