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Concurso de acreedores Grupo Cantoblanco Alimentacion Sl

El 31-10-2014, Grupo Cantoblanco Alimentacion Sl, en MADRID (Madrid) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B82023730. La actividad (principal) de Grupo Cantoblanco Alimentacion Sl es servicios de comidas y bebidas.
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Fecha
Título
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Grupo Cantoblanco Alimentacion Sl
Localidad:
MADRID
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B82023730
Número de insolvencia:
B82023730
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
COLMENAR VIEJO - KM 14,500 0
28049 MADRID
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
25-11-2014
A140055698
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

Doña CRISTINA POUSA BLASCO, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el Procedimiento número 685/14, por auto de 31 de octubre de 2014 se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil GRUPO CANTOBLANCO ALIMENTACIÓN, S.L. con C.I.F. B-82023730, y con domicilio en Carretera de Colmenar Viejo Km 14,500 de Madrid.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el administrador concursal: DATA CONCURSAL, S.L.P., con domicilio en calle Génova, n.º 15, 1.º derecha, 28004 de Madrid o comunicarse por correo electrónico en: acreedoresgcalimentacion@dataconcursal.com

No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado.

4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Madrid, 4 de noviembre de 2014.- La Secretaria Judicial.

Informes
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