Edicto
Don José Tronchoni Albert, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I declaración concurso 289/2014-R y NIG número 36038 47 1 2014/0000509 se ha dictado en fecha 6 de noviembre de 2014 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Fornelos Tenedora, S.L., con número de CIF B-36.240.422, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al tomo 1637, folio 190, hoja PO-14726 y domicilio social en calle Vicenta Rodríguez Cachada, número 18, A Guarda.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a la abogada doña María Concepción González Fernández, con DNI 35.558.165-G, despacho profesional en calle Gondomar, 42, 2.º, 36740 Tomiño, teléfono 986623357 y correo electrónico concursofornelostenedora@gmail.com con domicilio postal y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Pontevedra, 6 de noviembre de 2014.- El Secretario judicial.
Edicto
Don José Tronchoni Albert, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I, declaración concurso 291/2014-R y NIG número 36038 42 1 2014/0000509 se ha dictado en fecha 6 de noviembre de 2014 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Pesquera Santa Tecla, S.A., con número de CIF A-36638658, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al tomo 843, folio 222, libro 448, hoja PO-2278.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a la abogada doña María Concepción González Fernández, con DNI 35.558.165-G, despacho profesional en calle Gondomar, 42, 2.º, 36740 Tomiño, correo electrónico: concursopesquerasantatecla@gmail.com teléfono 986623357, con domicilio postal y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Pontevedra, 6 de noviembre de 2014.- El Secretario judicial.
Edicto
Don José Tronchoni Albert, Secretario judicial del Juzgado do Mercantil número 2 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección I, declaración concurso 280/2014-R y NIG número 36038 47 1 2014/0000509 se ha dictado en fecha 6 de noviembre de 2014 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Armadora Rosal, S.L., con número de CIF B-36220416, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al tomo 1515, folio 48, hoja PO-12808 y domicilio social en calle Vicenta Rodríguez Cachada, número 18, de A Guarda.
2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a la abogada doña María Concepción González Fernández, con DNI 35.558.165-G, despacho profesional en calle Gondomar, 42, 2.º, 36740 Tomiño, teléfono 986623357 y correo electrónico concursoarmadorarosal@gmail.com, con domicilio postal y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Pontevedra, 6 de noviembre de 2014.- El Secretario judicial.