El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal, anuncia;
1º.- Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario número 832.05/2014, por auto de fecha 25/03/2021 se ha declarado la conclusión del concurso de acreedores del deudor TOMÁS SANTOS GARCÍA BARRAGÁN, S.L., con C.I.F. n.º B-23447030.
2º.- Se aprueban las cuentas presentadas por la Administración Concursal.
3º.- Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
4º.- Se acuerda la extinción de la sociedad TOMÁS SANTOS GARCÍA BARRAGÁN, S.L., con CIF: B23447030C
Jaén, 7 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Gabriel Blanco Buendía.
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 832/2014, con NIG 2305042M20140000740 por auto de fecha 10/09/2014 se ha declarado en concurso voluntario de carácter ordinario al deudor TOMÁS SANTOS GARCÍA BARRAGÁN, S.L. con C.I.F. n.º B-23447030, con domicilio en la localidad de Canena (Jaén), c/ Giribaile s/n y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la referida población.
2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D/D.ª Carmen Millán Cerceda.
Domicilio postal: Avenida Ejército Español, n.º 13 B, bloque C3, Local 3 del Complejo Las Perlas. 23006-Jaén.
Dirección electrónica: cmcerceda@gmail.com
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es la siguiente: https://publicidadconcursal.es/concursal-web/
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Jaén, 16 de septiembre de 2014.- El/La Secretario Judicial.