La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, anuncia:
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 185/2014 referente al deudor NATURAL MAMPARA DE BAÑO, S.A., con CIF A-28880854, y domicilio en Av. Polvoranca, n.º 59, Alcorcón 28923 (Madrid), por auto de fecha 12/01/2021 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. Art. 473 del TRLC.
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, (art. 485 del TRLC) declarar su extinción.
Madrid, 21 de enero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.
Edicto
La Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, doña M.C. Sanz,
Anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal 185/14, referente a la mercantil deudora NATURAL MAMPARA DE BAÑO, S.A., se ha presentado el informe provisional de la Administración concursal
Dichos documentos puede ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias a su costa mediante pendrive.
2. Dentro del plazo de diez días, computado para los personados desde la notificación de la resolución y para el resto de interesados desde la publicación de este edicto, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, a través de abogado y procurador.
3. Asimismo, póngase en conocimiento de los interesados, que en caso de interponer la demanda de impugnación, deberán indicar y justificar los medios de prueba cuya práctica se interesa.
4. Dentro del plazo de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto, el deudor y los acreedores concursales podrán formular observaciones o propuestas de modificación al plan de liquidación presentado por la Administración concursal.
Y para su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en los arts. 95.2 y 148.2 de la Ley Concursal, expido el presente en
Madrid, 31 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.
La Sociedad es declarada en Concurso voluntario, nombrandose la administración concursal y acordandose el régimen de suspensión de las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor.