Edicto.
Cédula de Notificación.
D. Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife,
Hago Saber: Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario nº 232/2014, de la entidad Tohqi Europa, S.L., con C.I.F. B38999223, se ha dictado Auto de fecha 08-07-2014, y su rectificación mediante Auto de fecha 31-07-2014 por Doña Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez cuyos puntos principales de su parte dispositiva, son del tenor literal siguiente:
"Primero.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador D./Dña. Hara Rojas Jiménez, en representación de Toqhi Europa, S.L., CIF B38999223.
Segundo.- Se declara a la sociedad en concurso ordinario.
Tercero.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.
Cuarto.- Se nombra administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a Despacho concursal de Canarias, SLP, que reúne los requisitos del artículo 27 de la LC.
Quinto.- Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la LC a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes, contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal.
La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.
La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio consten en el concurso, informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma establecida en el artículo 85, con expresión de que la comunicación de los créditos sea puesta en directo conocimiento de esa administración, con remisión directa a su despacho de la titulación crediticia.
La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor.
Octavo.- Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.
Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno."
Auto
En santa Cruz de Tenerife, a 31 de julio de 2014.
Parte dispositiva
"Se subsana el defecto advertido en el auto de declaración de concurso de fecha 8 de julio de 2014 consistente en la parte dispositiva, punto primero, en los siguientes términos: donde dice: "en representación de Toqhi Europa, S.L., CIF B38999223, debe decir: "Tohqi Europa, S.L. CIF B38999223".
Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador concursal de este procedimiento, arriba indicado, es D. Juan Francisco Gómez Miranda, en representación legal de Despacho Concursal de Canarias, SLP de profesión Abogado, y domicilio en calle Pedro Cerón, n.º 1, 1.º, 35001 Las Palmas de Gran Canaria, tfno. móvil 629332201 y tfno. fijo 902290190 y fax nº 928 330704 y correo electrónico: concursotohqieuropa@dcdc.es, extiendo y firmo la presente.
Santa Cruz de Tenerife, 31 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.