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Concurso de acreedores Golf Rioja Alta Sl

El 26-05-2014, Golf Rioja Alta Sl, en CIRUEÑA (La Rioja) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LOGROÑO. El número de insolvencia de esta empresa es B26194209. La actividad (principal) de Golf Rioja Alta Sl es construcción de edificios.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Golf Rioja Alta Sl
Localidad:
CIRUEÑA
Provincia:
La Rioja
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B26194209
Número de insolvencia:
B26194209
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
LA RIOJA - CASA CLUB CAMPO DE GOLF 118
26258 CIRUEÑA
Mostrar en tarjeta
-
AV :
ESPAÑA 2
26003 LOGROÑO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
30-03-2017
A170023127
 

Edicto.

Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 280/2014 y NIG 26089 42 1 2014 0002744, por auto de fecha 27 de marzo de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil GOLF RIOJA ALTA, S.L., con CIF B-26194209, con domicilio social en Avda. de La Rioja, 118, Casa Club Campo Golf de Cirueña-La Rioja. Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.

2.º Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración concursal de la concursada.

3.º La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.

4.º Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de GOLF RIOJA ALTA, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

5.º A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE y en el Registro Público Concursal.

Logroño, 27 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

02-02-2015
A150003738
 
  • Plan de liquidación
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño,

Anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 280/2014, referente a la entidad Golf Rioja Alta, S.L., con fecha veintiocho de enero de dos mil quince se ha dictado auto, mediante el cual se ha acordado lo siguiente:

1. Aprobar el plan de liquidación presentado por la Administración concursal de Golf Rioja Alta, S.A., al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

2. Recordar a la Administración concursal la presentación de los informes del artículo 152 de la LC.

3. Líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de La Rioja, a fin de que se lleve a cabo la correspondiente inscripción, conforme a lo dispuesto en el artículo 24.2 de la Ley Concursal.

4. Se acuerda la formación de la sección sexta, que se encabezará con testimonio de esta resolución y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiera presentado el deudor con su solicitud y a requerimiento del Juez, del informe y de los textos definitivos. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que, conforme a lo establecido en la Ley Concursal, se va a otorgar al auto que aprueba el plan de liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

5. Anúnciese por edictos la presente resolución por la que se aprueba el plan de liquidación, así como la formación de la sección sexta (de calificación del concurso), que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

6. Notificar la presenta resolución al deudor y a los acreedores personados.

Logroño, 28 de enero de 2015.- La Secretario judicial.

15-09-2014
A140045957
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña María Asunción González Elías, Secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño, anuncia:

1. Que en el concurso voluntario y abreviado n.º 280/2014, referente al deudor Golf Rioja Alta, S.L. se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la LC).

Logroño, 10 de septiembre de 2014.- La Secretario judicial.

23-06-2014
A140033664
 
  • Cese de los Administradores
 

Edicto.

Doña María Asunción González Elías, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 y de lo Mercantil de Logroño, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 280/2014 y NIG n.º 26089 42 1 2014 0002744, se ha dictado en fecha 15 de mayo de 2014 auto de declaración de concurso voluntario y ordinario del deudor Golf Rioja Alta, S.L., con CIF B-26194209, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cirueña-La Rioja.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a don Alejandro Rodríguez Rodríguez, con domicilio postal en Avenida Portugal, n.º 18, 2,º d de Logroño, y dirección electrónica señalada rodriguezu@knet.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal.

Logroño, 17 de junio de 2014.- La Secretario Judicial.

29-05-2014
A140028637
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

D.ª María Asunción González Elías, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 y de lo Mercantil de Logroño, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 280/2014 y NIG n.º 26089 42 1 2014 0002744, se ha dictado en fecha auto de declaración de concurso voluntario y ordinario del deudor GOLF RIOJA ALTA, S.L., con CIF B26194209, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cirueña-La Rioja.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como administración concursal a D. Alejandro Rodríguez Rodríguez, con domicilio postal en Avenida Portugal, n.º 18-2.º d, de Logroño, y dirección electrónica señalada rodriguezu@knet.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal.

Logroño, 26 de mayo de 2014.- La Secretario Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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