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Concurso de acreedores Explotaciones E Investigaciones Mineras Asturianas Sl

El 04-03-2014, Explotaciones E Investigaciones Mineras Asturianas Sl, en LANGREO/LLANGREU (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B33048893. La actividad (principal) de Explotaciones E Investigaciones Mineras Asturianas Sl es actividades jurídicas y de contabilidad.
El síndico ha presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Explotaciones E Investigaciones Mineras Asturianas Sl
Localidad:
LANGREO/LLANGREU
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B33048893
Número de insolvencia:
B33048893
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
LG :
ESCOBAL (ENTREPEÑAS) 0
33900 LANGREO/LLANGREU
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-10-2014
A140052913
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 247/13 (NIG 33044 47 1 2013 0000487) relativo a Explotaciones e Investigaciones Mineras Asturianas, S.L., con CIF: B-33048893) en el cual con fecha 14 de octubre de 2014, se ha dictado providencia anunciando la presentación, por parte de la Administración concursal, del informe a que se refieren los artículos 74 y 75 de la Ley Concursal. Se acuerda igualmente en dicha resolución que los interesados podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen que les es perjudicial. El plazo para verificar esa impugnación es de diez días, que respecto a los no personados en el procedimiento, se computará desde la última de las publicaciones de este edicto, el cual ser ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

A efectos de impugnación del inventario de bienes y derechos, en caso de existir discrepancias entre el presentado al amparo del artículo 191.1 de la Ley Concursal y el que eventualmente pueda acompañarse con el conjunto del informe provisional, se informa que el inventario susceptible de impugnación será el que forma parte del informe.

Oviedo, 14 de octubre de 2014.- La Secretaria judicial.

07-05-2014
A140020813
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 247/13 (N.I.G. 33044 47 1 2013 0000487), se ha dictado en fecha 4/03/14, auto declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Explotaciones e Investigaciones Mineras Asturianas, S.L. (CIF: B-33048893), con domicilio sito en Entrepeñas s/n, Langreo.

2.º Se ha nombrado como Administrador Concursal a D. Luis Alfonso Conde Panasa, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: C/ Monte Gamonal, n.º 18, 4.ºB, 33012 de Oviedo y la siguiente dirección electrónica: pablogonz@hotmail.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: de 9:00 a 13:00 horas de lunes a viernes.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.E., y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante su autorización a conformidad.

Oviedo, 23 de abril de 2014.- El/La Secretario/a Judicial.

Informes
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