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Concurso de acreedores Fast Ware Sl

El 10-12-2013, Fast Ware Sl, en SANTA COLOMA DE CERVELLO (Barcelona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B61409371. La actividad (principal) de Fast Ware Sl es programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Fast Ware Sl
Localidad:
SANTA COLOMA DE CERVELLO
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B61409371
Número de insolvencia:
B61409371
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Información y comunicaciones
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
A, 2 -4 BJ 3 0
08690 SANTA COLOMA DE CERVELLO
Mostrar en tarjeta
-
CL :
ROSA SENSAT 4
08005 BARCELONA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
06-05-2014
A140019145
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona, dicto el presente Edicto al objeto de dar publicidad al Auto de declaración de Concurso dictado por este Juzgado:

Número de asunto.- Concurso general 768/2013 Sección G.

NIG.- 08019-47-1-2013-8003726.

Fecha del Auto de Declaración.-10/12/13.

Clase de Concurso: Voluntario abreviado.

Entidad Concursada.- Fast Ware, S.L., con domicilio en Santa Coloma de Cervelló (Barcelona) Parque Empresarial Colonia Guell. Ed. Filatura PB-L3, con CIFn.º B-61409371.

Administradores Concursales.- Don David Grasa Graell, como Abogado.

Dirección postal.- Passeig de Gràcia, n.º 98-3.ª (08008) Barcelona

Dirección Electrónica.- info@resolvenz.es

Regimen de las Facultades del Concursado: Intervenidas.

Llamamiento a los Acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través,de la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el BOE.

Forma de Personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles.

Barcelona, 20 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

Informes
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