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Concurso de acreedores Coop Agricola De Bitem S.C.C.L.

El 31-03-2014, Coop Agricola De Bitem S.C.C.L., en COLONIA GASOL (Tarragona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de TARRAGONA. El número de insolvencia de esta empresa es F43011063. La actividad (principal) de Coop Agricola De Bitem S.C.C.L. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Coop Agricola De Bitem S.C.C.L.
Localidad:
COLONIA GASOL
Provincia:
Tarragona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
F43011063
Número de insolvencia:
F43011063
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CO :
GASSOL, 132 BITEM 0
43510 COLONIA GASOL
Mostrar en tarjeta
-
CO :
GASSOL 0
43510 BITEM
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
23-04-2014
A140018162
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona

Don Juan Holgado Esteban, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente Edicto doy publicidad al Auto de declaración del concurso dictado por este Juzgado:

Número de asunto: Concurso n.º 240/2014, Sección 2.

NIG:

Fecha del auto de declaración: 31/03/14.

Clase de concurso: Voluntario.

Entidad concursada: BITEMCA, S.C.C.L., con domicilio en colonia Gassol, 132, Bitem (Tarragona), CIF n.º F43011063, representada por el procurador doña M.ª ROSA ELÍAS ARCALIS.

Administrador concursal: OCKAHAM ECONOMISTAS Y ABOGADOS, S.L.P., e-mail: concursobitenca@ockham.ac.

Régimen de las facultades del concursado:

Llamamiento de los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán comunicar a la administración concursal sus créditos en la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el art. 85 de la Ley concursal, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE.

Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en la proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efectos sin necesidad de personarse.

Tarragona, 11 de abril de 2014.- Secretario judicial.

Informes
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