Edicto
Doña Elena Victoria Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza,
Anuncia:
Primero.-Que en el procedimiento concursal número 48/2014-F se ha dictado el día 2 de febrero de 2021 Auto de conclusión por cumplimiento del convenio del concurso del deudor Carpintería Marino Sora, S.L., CIF B50355296.
Segundo.-En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
Tercero.-En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno.
Zaragoza, 2 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Victoria Buil Torralba.
Edicto
Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Zaragoza, anuncia:
1.- Que en el Sección V de Propuesta Anticipada de Convenio 48/2014-F, en el que figura como concursado CARPINTERÍA MARINO SORA, S.L., CIF B 50355296, se ha dictado el día 14 de noviembre, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por la representación procesal de la concursada Sra. Uriarte González, habiéndose procedido a la verificación de las adhesiones de los acreedores al convenio proclamándose el resultado por medio de decreto de fecha 24 de octubre de dos mil catorce, alcanzando mayoría suficiente para la aprobación judicial del mismo.
2.- La propuesta de convenio está de manifiesto en la oficina judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento.
3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Zaragoza en el plazo de veinte dias, computándose desde la última fecha de publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Registro Público Concursal, BOE y en el tablón de anuncios de la oficina judicial.
Zaragoza, 12 de marzo de 2015.- La Secretaria Judicial.
Edicto
D.ª M.ª Jesús López Marín, Secretaria judicial de Jdo. de lo Mercantil n. 2 de Zaragoza, anuncia:
1.- Que en el Sección I Declaración Concurso 0000048 /2014-F, referente al deudor Carpintería Marino Sora, S.L., con C.I.F. B 50355296, calle Tajada número, 40, Ejea de los Caballeros (Zaragoza), se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el Inventario de Bienes y Derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2.- Dentro del plazo de 10 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).
Zaragoza, 2 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.
Edicto
Doña M.ª Jesús López Marín, Secretario/a judicial de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, por el presente hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000048 /2014 y NIG n.º 50297 47 1 2014 0000014 se ha dictado en fecha 20 de febrero de 2014 Auto de Declaración de Concurso del deudor Carpintería Marino Sora, S.L., con CIF B 50355296, calle Tajada, número 40, Ejea de los Caballeros ( Zaragoza).
2.º Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición quedan intervenidas. Se ha designado, como administración concursal a Asesoría Práctica Concursal, SLP, CIF B 99361321, con domicilio postal en Calle Independencia, número 22, séptimo, 50004 Zaragoza y dirección electrónica señalada info@abpartners.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Zaragoza, 27 de febrero de 2014.- La Secretaria judicial.