Edicto dando publicidad a la declaración de concurso.
Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Barcelona,
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 769/13, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad L'Era de Vic, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Número de asunto.- Concurso voluntario 769/2013 Sección C4.
NIG del procedimiento.- 0801947120138003177.
Entidad concursada.- L'Era de Vic, S.L., con CIF n.º B-64248248.
Tipo de concurso.- Voluntario.
Fecha del auto de declaración.- 22/11/2013.
Administrador/es concursal/es.- Don Francesc González Pérez con domicilio en Barcelona, Av. Diagonal, 534, 2.º, 2.º, 08006, teléfono 934146204 y correo electrónico info@agg.cat.
Facultades del concursado.- Intervenidas.
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 L.C. - Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que se afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.
El plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 4 de febrero de 2014.- La Secretaría Judicial.