Edicto
El Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Jaén en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23, en relación con el 177.3 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento concursal necesario ordinario número 454/2013, por auto de fecha 08/04/2019 se ha declarado la conclusión del concurso de acreedores del deudor CLIMATIZACIÓN MANCHA REAL, S.L., con CIF B23569726.
2º.- Se aprueban las cuentas presentadas por la Administración concursal.
3º.- Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposicion del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
4º.- Se acuerda la extinción de la sociedad CLIMATIZACIÓN MANCHA REAL, S.L.
Jaén, 8 de abril de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Alicia María Cárdenas Ortiz.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, anuncia:
1. Que el procedimiento concursal necesario ordinario número 454/2013 referente a la mercantil concursada Climatización Mancha Real, S.L., con CIF n.º B-23569726 se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 12 de septiembre de 2014, a las 10,00 horas en la Sala Audiencia de este Juzgado.
2. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3. Tiene derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la L.C.
Jaén, 27 de mayo de 2014.- El/La Secretario judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que observado error en el edicto de fecha 28/01/2014 sobre la declaración de concurso necesario ordinario n.º 454/2013 de la mercantil Climatización Mancha Real, S.L. con CIF B-23569726, publicado el día 12/02/2014 en el Boletín Oficial del Estado n.º 37, y en concreto en la dirección de correo electrónico de la administración concursal, se procede a su subsanación.
2.º La dirección de correo electrónico donde los acreedores, a su elección, deberán dirigir a la administración la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC, es la siguiente:
concurso.climatizacionmanchareal@yahoo.es
3.º El plazo para la comunicación de los créditos será de un mes a contar desde la publicación del presente edicto en el BOE.
Jaén, 13 de febrero de 2014.- El/la Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 454/2013, con NIG 2305042M20130000364, por auto de 17/01/2014 se ha declarado en concurso necesario de carácter ordinario al deudor Climatización Mancha Real, S.L., con CIF n.º B-23569726, con domicilio en calle Aragón, n.º 24, de Mancha Real (Jaén) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la referida localidad.
2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido:
D/D.ª Ángel Armenteros Montoro.
Domicilio postal: Avenida de Madrid, n.º 45, local, CP 23009 Jaén.
Dirección electrónica: climatizacionmanchareal@yahoo.es.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Jaén, 28 de enero de 2014.- El/la Secretario judicial.