Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Zucami Sl (En Liquidacion)

El 07-11-2013, Zucami Sl (En Liquidacion), en BERIAIN (Navarra) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PAMPLONA. El número de insolvencia de esta empresa es B31224132. La actividad (principal) de Zucami Sl (En Liquidacion) es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Zucami Sl (En Liquidacion)
Localidad:
BERIAIN
Provincia:
Navarra
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B31224132
Número de insolvencia:
B31224132
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
C (PG MOREA NORTE) 2
31191 BERIAIN
Mostrar en tarjeta
-
CL :
E (POLIGONO INDUSTRIAL LANDABEN) 0
31012 PAMPLONA/IRUÑA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
20-02-2014
A140007255
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pamplona/Iruña anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 0000518/2013 referente al deudor Zucami, S.L., con CIF B 31224132, con domicilio en Polígono Industrial Morea Norte CL C, 2, de Beriáin se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE.

Dentro del plazo de diez días, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Pamplona/Iruña, 23 de enero de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.

10-02-2014
A140005283
 
  • Aprobación del plan de liquidación
 

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000518/2013, referente al concursado Zucami, S.L., con CIF B-31224132, con domicilio Polígono Industrial Morea Norte CL C, 2 de Beriáin, por auto de fecha 17 de enero de 2014, se ha rectificado el auto aprobando el plan de liquidación cuya parte dispositiva acuerda lo siguiente:

Parte dispositiva

Que subsanando la omisión contenida en el apartado 4) del punto 1 del auto de 7 de enero, ha de añadirse:

No asumirá ninguna responsabilidad relativa a la deuda laboral de Zucami, S.L.

Contra la presente no cabe recurso.

Pamplona/Iruña, 29 de enero de 2014.- El/La Secretario/a Judicial.

06-02-2014
A140004456
 
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 518/2013 referente al concursado Zucami, SL. con CIF B31224132 con domicilio en Polígono Industrial Morea Norte CL C 2, de Beriáin, por auto de fecha 7 de enero de 2013 se ha acordado lo siguiente:

1.- Aprobar el plan de liquidación para la ralización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso de acreddores de la entidad mercantil Zucami, SL, y la oferta vinculante de compra que lo integra, con las siguientes precisiones en cuanto a la oferta de compra de la unidad productiva por parte de AB Agrartechnische Handelsgesellchaft Gmbh:

1) El objeto de la compra unitaria son los activos incluidos en el apartado II de la oferta presentada por escrito de 5 de noviembre de 2013.

2) El precio y contraprestaciones son los incluídos en el apartado III. La subrogación en el contrato de arrendamiento de la parecela y nave industrial queda a la libre disposición de las partes.

3) Los compronisos y contraprestaciones contenidos en el número 1.º, 2.º y 3.º del apartado IV, quedan a la libre voluntad de las partes intervinientes, la adquirente, la concursada y los antiguos gerentes de la concursada D. Pedro María Ansoain Yoldi, D. José Antonio Ansoain Yoldi, D. Pedro Ansoain Sanzol y D. Alberto Ansoain Martínez.

4) En cuanto al punto 4.º del apartado IV, no se subrogará la entidad adquirente en la parte de la cuantía de los salarios o indemnizaciones pendientes de pago anteriores a la enajenación que se asumida por el Fondo de Garantía Salarial de conformidad con el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Por lo que respecta a las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social quedará sujeta a la específica normativa administrativa.

En cuanto a las deudas de derecho privado, queda sujeto a lo dispuesto con carácter general en el Código Civil y la Ley de Sociedades de Capital.

5) Procede mantener el privilegio especial por reserva de dominio del art. 90.1.4.º LC respecto del sitema manipulador para Ues y tabiques malla en favor de INM Ingeniería Navarra Mecánica.

6) Cancélese el embargo preventivo de TGSS que grava la finca nº 944.

2.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precios de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la LC.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la califaicación del concurso, con propuesta de resolución.

3.- Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el BOE, de forma gratuíta.

Expídase mandamiento al Registrador Mercantil de Navarra comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la inscripción de lo acordado.

4.- Hágase entrega de los despachos al procurador de la concursada para que cuide de su diligenciamineto, cosa que deberá acreditar ante este Juzgado en el plazo de diez días.

Pamplona/Iruña, 7 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

07-11-2013
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso
 
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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